VACACIONES:
El artículo 5.4 del Convenio 132 O.I.T., prevé que las ausencias por motivos independientes del trabajador, como enfermedad y accidente, cuentan como periodo de servicios. Los permisos retribuidos y otros supuestos en que el trabajador queda liberado de su obligación de trabajar pero mantiene el salario también computan.
El artículo 5.4 del Convenio 132 O.I.T., prevé que las ausencias por motivos independientes del trabajador, como enfermedad y accidente, cuentan como periodo de servicios. Los permisos retribuidos y otros supuestos en que el trabajador queda liberado de su obligación de trabajar pero mantiene el salario también computan.
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